Cómo vender en subasta
Condiciones Generales de Contratación


La Sala de SUBASTAS1702, en adelante la Sala, es un Centro de Contratación, cuyo objeto viene constituido por la venta en remate, previa subasta voluntaria, de los bienes, objetos artísticos o de similar naturaleza que le son encomendados a tal fin. En consecuencia, la Sala, actúa como mediadora entre el propietario y/o vendedor de cada lote y los posibles compradores.

1.- Información General. Las informaciones generales que figuran en nuestros catálogos y anuncios están hechas y supervisadas por nuestro equipo de tasadores, después de su estudio. En casos particulares de joyas, relojes, plata u otros enseres., hacemos su estudio por los más cualificados expertos en cada materia. El cedente deposita la pieza para su venta en subasta. La estimación está basada en precios razonables de subastas recientes para piezas similares en estado de conservación, rareza, calidad y procedencia. Dicho precio no constituye una tasación.

2.- Exposición. Los objetos que han de subastarse serán expuestos, al menos con siete días de antelación, en los locales de la Sala a fin de permitir un perfecto examen y conocimiento de los mismos a los posibles compradores. Asimismo, se podrá consultar el catálogo completo de lotes en la web

3.- Estado de los lotes. Los lotes se subastarán en el estado en que se encuentren, no aceptando la Sala ninguna reclamación sobre las restauraciones, desperfectos, roturas, etc., aunque no se hayan hecho constar en el catálogo. La exposición de los lotes tiene por finalidad permitir un perfecto examen y estudio de los lotes.

En caso de que se estimase necesario, de mutuo acuerdo entre el cedente y la Sala, la limpieza y/o restauración de alguno de los bienes, o la consulta con expertos ajenos a la sala, los gastos derivados de los mismos serán por cuenta del cedente, aun en el caso de que los bienes resultaran invendidos.

4.- Catalogación de los lotes. La Sala se reserva el derecho de catalogar los lotes, cambiarlos o subdividirlos en varios, de conformidad a su prudente y experto criterio. Podrán asimismo, retirarlos por causa justificada.

5.- Admisión de objetos. Un equipo de expertos, previo estudio completo, establecerá de acuerdo con el vendedor o depositante un precio inicial idóneo de salida. El proceso de valoración, así como el seguro, es gratuito para las piezas que sean incluidas en alguna de nuestras subastas. Si el cedente, tras la valoración ofrecida por la Sala decidiera no poner en venta las piezas, tendrá un plazo de 15 días hábiles para retirarlas. De no ser así se le cobrará el 1,5% de custodia sobre la valoración provisional. La Sala se reserva el derecho de admitir o rechazar, por causas razonables, los objetos o lotes que le sean ofertados para subasta. Una vez admitidos los pertinentes objetos, según le sean entregados por el propietario y/o vendedor, la Sala se constituirá en depositaria de los mismos, y procederá a su expertización y tasación por personal cualificado, así como a su restauración, enmarcación y/o limpieza, todo ello en la medida que le sea solicitado por el depositante. El precio de las operaciones o servicio antedichos, le será satisfecho a la Sala una vez concluidos éstos sin necesidad de esperar a la adjudicación del lote.

6.- Usos y Normas. En su carácter de mediadora, la Sala realizará la subasta de los objetos que se le encomienden a tal fin conforme a las normas en cada momento aplicables y vigentes, así como a los usos comerciales por los que tradicionalmente vienen rigiéndose este tipo de operaciones. SUBASTAS1702, como es costumbre internacional, actuará sólo como intermediaria, no siendo responsable de la exactitud de las afirmaciones acerca del autor, origen, fecha, antigüedad, procedencia y estado del lote, aunque se da fe que su estudio es de lo más veraz y técnico. Subastas 1702, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 16/85 del Patrimonio Histórico Español, comunicará a la Comunidad Autónoma correspondiente y al Ministerio de Cultura, con la antelación debida, el contenido de sus catálogos. Asimismo, notificará las concretas enajenaciones que pudieran efectuarse de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

7.- Organización y cifra de salida. La organización de la subasta corre a cargo de la Sala que fijará la fecha y hora de la misma, los lotes que incluye, su orden y la descripción de los mismos, con el fin de obtener el mejor resultado final. La cifra de salida de cada objeto en la subasta se determinará en el catálogo físico u online. Ésta constituirá el precio mínimo de venta.

8.- Incremento mínimo. El Director de la Subasta tiene derecho a rechazar toda puja que no sobrepase la precedente en la cuantía en cada caso aplicable.

9.- Adjudicación al mejor postor. Desacuerdos. Los lotes se adjudicarán al mejor postor. En caso de desacuerdo entre dos o más licitadores, la Sala tendrá la facultad de proceder a una nueva subasta en la misma sesión, o bien en la inmediata siguiente. Salvo indicación en contra por parte del cedente, la sala podrá adjudicar los lotes invendidos después de la subasta respetando el precio pactado con el cedente.

10.- Servicio de Información y Asesoramiento. La Sala pone a disposición del público, durante los días y horas de exposición, un servicio de asesoramiento constituido por nuestros expertos, que informarán sobre el estado de conservación, autor a quien se atribuye, precios de mercado, o cualquier otro dato relacionado con los lotes incluidos en catálogos para subasta. Los servicios de asesoramiento expresados se presentarán conforme al razonable y prudente juicio de la Sala, pero sin que ésta asuma responsabilidad alguna en cuanto al contenido de la información.

11.- Valoraciones. La Sala dispone de un departamento de valoración de joyas que realiza tasaciones por escrito, para seguros, testamentarías, reparto de bienes, adjudicaciones en pago de deudas y otros. Para mayor información pueden contactar a través del 902 001702 / 91 368 59 98 o elmontecreditos@montemadrid.es

12.- Derechos de Propiedad Intelectual. Los derechos del autor o sus herederos sobre la obra se aplicarán con arreglo a la Ley de Propiedad Intelectual. Sumisión y Ley Aplicable. En caso de que surgieran discrepancias entre las partes por razón de las operaciones de subasta, el depositante/vendedor, el adjudicatario o comprador y la propia Sala, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid .Las operaciones en que interviene la Sala, en cuanto a su calificación jurídica y efectos consignantes, quedan sometidas a las normas del Derecho Español y más en concreto a los preceptos que regulan los contratos de mediación y depósito. Tanto el vendedor/depositante como el comprador dan su conformidad con lo establecido en la Ley del Patrimonio y en los artículos 111 y 112 de la Ley General Tributaria. Los objetos depositados en la Sala para su venta, quedan sujetos al pago de los gastos devengados, tales como derechos de custodia, catálogo, comisiones y, en su caso, anticipos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 1780 del Código Civil, la Sala podrá retener en prenda los mismos hasta el pago de lo adeudado

13.- Tasaciones de otros expertos. En los casos en el que el depositante, vendedor o comprador realice la presentación del lote aportando certificaciones de expertos ajenos a la Sala, los gastos que se devenguen serán por su cuenta, no admitiendo la Sala responsabilidad por errores en la calificación o expertización.

14.- Condiciones específicas en materia de identificación de las obras u objetos. Cualquier manifestación impresa en el catálogo y referida a la autoría, atribución, fecha, edad, procedencia y condición es siempre la expresión de una opinión que se apoya en la experiencia y conocimientos de las personas que catalogan las piezas. Si en el proceso de análisis de las piezas o tras su venta, los tasadores o comprador detectaran que no es del material descrito no siendo apta para su venta, SUBASTAS1702 retirará dichas piezas devolviendo en ese acto la pieza al propietario de la misma. Si hubiera sido vendida en subasta, la Sala devolverá el importe abonado al comprador, no teniendo el cedente derecho al cobro de dicha venta.

15.- El cedente otorga a la Sala el pleno y absoluto derecho a fotografiar e ilustrar cualquier lote que se subaste y a usar dichas fotografías a su absoluta discreción.

16.- Los gastos de inclusión en el catálogo serán, más su IVA correspondiente, los siguientes:

Precio de salida:

Entre 6 y 29 €: 3€

De 30 a 149 €: 6€

De 150 a 299 €: 9€

De 300 a 599 €: 12€

De 600 a 1.199 €: 18€

De 1.200 a 2.999 €: 30€

De 3.000 a 5.999 €: 90€

De 6.000 € en adelante: 120€

Este importe se descontará del remate y será aplicado por cada lote puesto en subasta.

17.- Seguros. Los objetos estarán asegurados por la Sala mientras estén en sus dependencias mediante una póliza de seguro para la cobertura de posibles daños o pérdida de los bienes depositados, quedando garantizado el valor pactado como precio de salida menos la comisión acordada. Si una pieza sale a subasta, no es vendida y el cliente decide retirarla, se cobrará únicamente los gastos de catalogación. Si una pieza no es vendida y no es puesta nuevamente en subasta, no se pone en venta directa o no se retira, se facturará un 3% mensual sobre el precio de salida en caso de no pasar a retirar el lote una vez transcurrido quince días desde la última subasta en que no fuera adjudicado. A partir del tercer meses el importe será de 6€/día.

18.- Los lotes incluidos en nuestros catálogos, no podrán ser retirados en ningún caso sin el consentimiento de la Sala. Si el cedente, por propia iniciativa, procede a retirar los lotes antes de la celebración de la subasta, deberá abonar a la Sala los honorarios de intermediación, más IVA, acordados como comisión de sala así como los gastos de catalogación, ambos sobre el precio pactado de salida. Si las piezas no hubieran sido aún catalogadas se aplicará un 1,5% sobre el precio estimado de venta.

19.- La comisión por venta en subasta será la acordada con el vendedor sobre el precio de remate más los gastos de inclusión en el catálogo, que oscilan entre 3 y 120 euros.  Si así lo requiere, la Sala podrá gestionar la recogida y envío a la sala de exposición de los lotes a subastar. Contacte directamente con el departamento de subastas para mayores detalles y costes asociados. Los gastos de transporte, tanto de recogida como de devolución, serán por cuenta del vendedor.

20.- Si algún propietario lo solicita, la Sala  puede desarrollar una campaña de publicidad, tendente a la promoción del objeto u obra a subastar. Los precios de dicha campaña serán convenidos adecuadamente y abonados por el propietario y/o vendedor.

21.- Si los lotes no fueran adjudicados en subasta, transcurridos los quince días establecidos, el cedente deberá retirarlos de la Sala o fijar un precio nuevo de salida a subastar en cuyo caso serán almacenados gratuitamente. También podrá optar por otras opciones como la venta fuera de subasta o la formalización de un préstamo. En caso de incumplimiento de esta norma, la Sala  puede sacar de nuevo el lote a subasta al precio que estime sin obligación de previo aviso al cedente. Si no fueran sacados nuevamente a la venta y al cabo de tres meses no hayan sido retirados por el vendedor ni puestos nuevamente a la venta o acordado un nuevo precio de salida para ventas futuras entre el vendedor y la Sala, quedarán fuera de cobertura del Seguro General que la Sala tiene contratado para sus existencias y devengarán un derecho de almacenamiento de 6 euros diarios por objeto o lote no retirado. En caso de venta, se descontarán los gastos de intermediación, anticipo, catalogación y almacenaje hasta la fecha.

22.- La Sala presume que el depositante/vendedor tiene la capacidad legal necesaria para contratar y el poder de disposición sobre los bienes objeto de subasta. El vendedor se hace responsable de que los objetos cedidos por él se encuentran libres de cargas o de cualquier tipo de impedimento que impida su comercialización, así como de poder asumir su propiedad o de contar con la debida autorización del propietario, haciéndose responsable de cualquier gasto que originase la falsedad en los datos por él facilitados a la Sala. El depositante/vendedor autoriza a la Sala para que, del precio de adjudicación, deduzca en su caso, los gastos en que se incurra hasta el momento en que la subasta se produzca .Dichos gastos serán satisfechos a la Sala de conformidad a cualquiera de las normas previstas en estas Condiciones Generales.

23.- La Sala liquidará al vendedor la cantidad que corresponda después de las deducciones por gastos y corretaje, a partir de los treinta días siguientes a la fecha en que se celebra la subasta, siempre que el lote esté abonado por el comprador.

24.- A las obras de autores sujetos a la LEY 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, se aplicará la deducción correspondiente cuando proceda, que será por cuenta del vendedor.

25.- Tratamiento de datos de carácter personal. Los datos contenidos en el presente contrato serán tratados por Fundación Obra Social y Monte de Piedad de Madrid  de conformidad a la normativa de protección de datos y en base a la política de tratamiento de datos de elMONTE recogida en el formulario de admisión y firmado por el contratante como prueba de su consentimiento.